Registro de Fisioterapeutas Acupuntores

Para asegurar los conocimientos necesarios que dan al fisioterapeuta la capacitación para realizar correctamente la acupuntura, y disfrutar de la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional, habrá pertenecer al Registro correspondiente bajo los criterios mínimos formativos que establece la Resolución sn/2003 de enero de 2003, de creación del Registro de Fisioterapeutas Acupuntores. El seguro de Responsabilidad Civil Profesional del Col·legi sólo ofrece cobertura en la práctica de la acupuntura exclusivamente a las competencias del fisioterapeuta descritas en la Orden CIN 2135/2007.


Requisitos para la inscripción en el Registro de Fisioterapeutas Acupuntores

Para formar parte del Registro deberá acreditar las siguientes condiciones:

  •     Constar de alta en el Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya y estar al corriente de los deberes colegiales.
  •     Acreditar la Formación Postgrado de Acupuntura con los siguientes requisitos:
    • A partir del curso académico 2002-2003, se deberá acreditar una Formación Postgrado Universitaria acreditada en uno o dos años académicos de como mínimo 300 h
    • Antes del curso académico 2002-2003, se deberá acreditar una formación reconocida de al menos 150 h (15 créditos) y una experiencia profesional de, al menos, 5 años de ejercicio de la acupuntura.


Para inscribirse en el Registro deberá presentar en la sede del Col·legi:

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