Registro de Fisioterapeutas Acupuntores
Para asegurar los conocimientos necesarios que dan al fisioterapeuta la capacitación para realizar correctamente la acupuntura, y disfrutar de la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional, habrá pertenecer al Registro correspondiente bajo los criterios mínimos formativos que establece la Resolución sn/2003 de enero de 2003, de creación del Registro de Fisioterapeutas Acupuntores. El seguro de Responsabilidad Civil Profesional del Col·legi sólo ofrece cobertura en la práctica de la acupuntura exclusivamente a las competencias del fisioterapeuta descritas en la Orden CIN 2135/2007.
Requisitos para la inscripción en el Registro de Fisioterapeutas Acupuntores
Para formar parte del Registro deberá acreditar las siguientes condiciones:
- Constar de alta en el Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya y estar al corriente de los deberes colegiales.
- Acreditar la Formación Postgrado de Acupuntura con los siguientes requisitos:
- A partir del curso académico 2002-2003, se deberá acreditar una Formación Postgrado Universitaria acreditada en uno o dos años académicos de como mínimo 300 h
- Antes del curso académico 2002-2003, se deberá acreditar una formación reconocida de al menos 150 h (15 créditos) y una experiencia profesional de, al menos, 5 años de ejercicio de la acupuntura.
Para inscribirse en el Registro deberá presentar en la sede del Col·legi:
- Impreso de solicitud inscripción en el Registro de Fisioterapeutas acupuntores
- Fotocopia compulsada del título acreditativo de la formación donde conste el número de horas o créditos y el lugar de realización.