Hay novedades en la normativa de autónomos

Publicada el 06/11/2017

El pasado 25 de octubre de 2017 se publicó en el BOE la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo las principales novedades de la cual que os resumimos a continuación.

• Ampliación de la tarifa plana de 50 euros, que pasa de seis a doce meses (en altas a partir del 1 de enero 2018), y se reduce a dos años el plazo de no cotización al RETA para poder acceder a la tarifa plana. En caso de haber disfrutado de una tarifa plana anteriormente, el período es de tres años.

• Posibilidad de darte de alta y baja hasta tres veces al año, pagando por los días dados de alta y dentro del periodo de un año (a partir de enero de 2018).

• Mejoras y bonificaciones a trabajadoras autónomas después de períodos de maternidad, así como para el cuidado de menores de 12 años.

• Posibilidad de modificar la base de cotización de la Seguridad Social cuatro veces al año (a partir de enero de 2018).

• Pago de un recargo del 10% en caso de pagar la cuota de autónomo fuera de plazo y durante el primer mes posterior (a partir de enero de 2018).

• Posibilidad de acceder al 100% de la jubilación siempre que se contrate un trabajador por cuenta ajena en régimen general.

• Bonificaciones en caso de contratar familiares hasta segundo grado con contratos indefinidos.

• Son gastos deducibles los gastos en restaurantes, si se pagan por medio electrónico con los límites de los "gasto de manutención" establecidos para los trabajadores por cuenta ajena.

• Se clarifica el gasto deducible de los suministros del autónomos que tienen una parte de su domicilio habitual como centro de trabajo de la actividad.

Puede encontrar más información en este PDF.