Hay novedades en la normativa de autónomos
Publicada el 06/11/2017
El pasado 25 de octubre de 2017 se publicó en el BOE la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo las principales novedades de la cual que os resumimos a continuación.
• Ampliación de la tarifa plana de 50 euros, que pasa de seis a doce meses (en altas a partir del 1 de enero 2018), y se reduce a dos años el plazo de no cotización al RETA para poder acceder a la tarifa plana. En caso de haber disfrutado de una tarifa plana anteriormente, el período es de tres años.
• Posibilidad de darte de alta y baja hasta tres veces al año, pagando por los días dados de alta y dentro del periodo de un año (a partir de enero de 2018).
• Mejoras y bonificaciones a trabajadoras autónomas después de períodos de maternidad, así como para el cuidado de menores de 12 años.
• Posibilidad de modificar la base de cotización de la Seguridad Social cuatro veces al año (a partir de enero de 2018).
• Pago de un recargo del 10% en caso de pagar la cuota de autónomo fuera de plazo y durante el primer mes posterior (a partir de enero de 2018).
• Posibilidad de acceder al 100% de la jubilación siempre que se contrate un trabajador por cuenta ajena en régimen general.
• Bonificaciones en caso de contratar familiares hasta segundo grado con contratos indefinidos.
• Son gastos deducibles los gastos en restaurantes, si se pagan por medio electrónico con los límites de los "gasto de manutención" establecidos para los trabajadores por cuenta ajena.
• Se clarifica el gasto deducible de los suministros del autónomos que tienen una parte de su domicilio habitual como centro de trabajo de la actividad.
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