Cómo y cuando reclamar la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad
Publicada el 17/10/2018
El pasado 3 de octubre se hizo pública una sentencia del Tribunal Supremo según la cual las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social quedan exentas de tributación en el IRPF. Es decir: todo el que cobró esta prestación (entre 2014 y 2017) puede reclamar la devolución correspondiente.
La sentencia afecta pues positivamente a todas las madres (o padres a los que la madre cedió el derecho de cobro de la prestación por maternidad) que cobraran la prestación entre los ejercicios 2014 y 2017.
Para reclamar habrá que iniciar un expediente de "Rectificación de autoliquidaciones" y solicitar la devolución del ingreso indebido.
Recomendamos esperar acontecimientos
Con todo, la Agencia Tributaria ha anunciado que se plantea habilitar un formulario específico y ágil para facilitar las peticiones de devolución. Por este motivo, el Departamento de Asesoría Fiscal del CFC recomienda esperar acontecimientos.
Desde el CFC iremos informando puntualmente de este asunto, que sabemos que puede afectar una parte de los colegiados. En cualquier caso, os recordamos que los asesores fiscales del CFC están a disposición de los colegiados al correo: fiscal@fisioterapeutes.cat
En ESTE PDF podéis leer toda la información de que dispone ahora mismo el Departamento de Asesoría Fiscal del CFC.