Uso obligatorio de mascarilla para las actividades grupales en entornos cerrados
Publicada el 23/12/2020
Tras la publicación de la Resolución SLT / 3354/2020, de 19 de diciembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid-19 en Cataluña, os queremos comunicar que las nuevas medidas adoptadas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico indican que en los establecimientos y equipamientos cerrados sólo están permitidas las actividades grupales que se puedan desarrollar con mascarilla. Esto significa que los centros y consultas de Fisioterapia deberán garantizar que, en las actividades grupales que puedan organizar, todos sus integrantes lleven mascarilla.
Del mismo modo, se indica que la asistencia a centros sanitarios es una excepción para la limitación de entrada y salida de la comarca. En este caso es conveniente que el paciente lleve tanto el Certificado autorresponsable de desplazamiento que el Departament d’Interior pone a disposición de la ciudadanía, así como modelo de justificante de traslado que ponemos a vuestra disposición. El fisioterapeuta también puede salir de su comarca de residencia para ir a trabajar y es necesario que lleve el Certificado autorresponsable de desplazamiento.
En cuanto a la restricción de horarios, fuera de los días de las fiestas navideñas (consultar RESOLUCIÓN SLT / 3354/2020), continúa la regulación anterior de limitación de movilidad entre las 22.00 h y las 6.00 h, de la que se exceptúan los servicios esenciales, entre los que se encuentran los servicios de Fisioterapia (tal y como recoge el Anexo II del Decreto Ley 27/2020, de 13 de julio), siempre que realicen actividades terapéuticas, exclusivamente. Si se hicieran algún otro tipo de actividades como preventivas o de promoción de la salud, estas SÍ se verían afectadas por la restricción horaria.
Os recordamos que todos los establecimientos deberán aplicar de manera rigurosa las medidas higiénicas, de prevención y de seguridad, en especial:
- Distancia de seguridad interpersonal mínima
- Medidas de limpieza y desinfección
- Ventilación 3 veces al día y siempre que sea posible
- Gel hidroalcohólico
- Uso obligatorio de mascarilla
- Evitar aglomeraciones de personas. En este sentido, apelamos al sentido común a la hora de hacer grupos. En las circunstancias actuales hay que mantener sólo y estrictamente los grupos que sean terapéuticos, extremando las medidas de seguridad y con el uso obligatorio de la mascarilla.
Si tenéis alguna consulta en este sentido, podéis contactar con nuestro asesor jurídico en juridic@fisioterapeutes.cat o bien mediante este formulario.