Ayuda a la contratación de hasta 52.000 euros para autónomos o sociedades SLU sin empleados

Publicada el 23/07/2024

Os informamos que InnovaLAUS, la empresa que gracias al acuerdo firmado con el Col·legi os ayuda a gestionar subvenciones y ayudas solamente a éxito (es decir, sólo tienes que pagar si recibes la ayuda), nos ha comunicado que hay disponible una subvención de hasta 52.000 euros para autónomos o sociedades SLU sin empleados.

Los requisitos que debe cumplir el beneficiario (empresario) para la obtención de la ayuda son:

  • No haber tenido empleados en los últimos 6 meses (hasta el 5/3/2024).
  • Ser una empresa SLU: Tener 1 año de antigüedad en el Registro Mercantil (anterior al 5/9/2023). No pueden pedirlo sociedades anónimas ni limitadas, ni limitadas profesionales, ni civil privadas, etc.
  • Ser autónomo: Tener 1 año de antigüedad de alta en el 036 y en el RETA (anterior al 5/9/2023). No pueden solicitarlo ni autónomos societarios, ni TRADE, ni colaboradores.
  • Utilizar el dinero para contratar hasta 3 personas que provengan del paro.
  • Mantener a la/s persona/s contratada/s durante 18 meses, como mínimo.

Los requisitos de las personas a contratar (empleados) son:

  • Estar inscritos en el SOC como demandantes de empleo al menos 1 día antes del contrato.
  • Realizar una formación gratuita (on-line o presencial) de entre todas aquellas certificadas por el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña. El ámbito temporal para su realización será dentro del período subvencionable de 18 meses a contar desde la firma del contrato.
  • La persona debe estar contratada un mínimo de 18 meses.

Limitaciones:

  • Un máximo de 3 empleados por autónomo o SLU.
  • La persona no puede haber trabajado para la empresa en los 6 meses anteriores.
  • La persona no puede tener parentesco de hasta 2º grado con los administradores de la empresa.
  • Si la persona contratada renuncia, se la puede sustituir en determinados casos (se explicará detenidamente si se gana la subvención).

Otra información:

  • El importe de la subvención será de 17.347 euros por empleado con un máximo de 3 (52.041 euros).
  • El plazo para contratar a la/s persona/s es de 3 meses desde que hayan concedido la subvención (no es posible contratarla antes de que salga la resolución).
  • El período de subvención va desde la fecha del contrato hasta los 12 meses posteriores (teniendo en cuenta que la persona debe estar contratada un mínimo de 18 meses).

Si te interesa y cumples los requisitos, contacta con InnovaLAUS aquí y te explicarán la documentación que necesitan. Su ayuda consiste en asegurarse de que la persona autónoma (o SLU) cumple con todos los requisitos de la subvención, cumplimentar toda la documentación de la solicitud, escribir la memoria justificativa, revisar los documentos antes de enviarlos, anexos y memorias correspondientes y, además, presentar la documentación de la ayuda al final del período.

El plazo para presentar la documentación cumple el viernes 6 de septiembre, pero ¡cuanto antes se haga, mejor!!

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