Convocatoria de ayudas para nuevos autónomos y autónomas del Ayuntamiento de Barcelona

Publicada el 01/08/2024

Os informamos que el Ayuntamiento de Barcelona ha abierto una convocatoria de ayudas para nuevos autónomos y autónomas, y socios y socias de cooperativas de trabajo asociado.

Para poder optar a la ayuda, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber iniciado una nueva actividad económica a partir del 6 de septiembre de 2022.
  • Alta fiscal en la ciudad de Barcelona como empresarios o empresarias individuales.
  • Estar empadronado/a en la ciudad de Barcelona desde antes del alta fiscal y en el momento de la solicitud.
  • No haber constado en el RETA (Regimen Especial de Trabajo Autónomo) por la misma actividad el año anterior a la fecha de alta.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias (AEAT, SS y Hacienda Municipal).
  • Las personas socias de cooperativas de trabajo asociado encuadradas en el RETA tendrán que cumplir las mismas condiciones de alta.

Importe de la subvención y gastos subvencionables

  • Hasta un máximo de 4.000 euros (excluido el IVA).
  • Gastos subvencionables (pagos):
    • Cuotas de la Seguridad Social del primer año de actividad fiscal de la persona solicitante.
    • Tributos y precios públicos relacionados con el inicio de la actividad económica y al primer establecimiento: tasa por servicios urbanísticos para la obtención de licencias y obras, tasa de ocupación de terrazas, tasa de vados, precio público de residuos, impuesto de construcciones, instalaciones y obras e impuesto de vehículos de tracción mecánica, tasa de transferencia de licencia de taxi, los tributos y precios públicos autonómicos relacionados con el inicio de la actividad y en el primer establecimiento y dentro del primer año, así como los informes técnicos obligatorios para la legalización de la nueva actividad.
    • Gastos de gestoría y asesoramiento del primer año de actividad fiscal.
    • Arrendamientos de locales o despachos del primer año de actividad y afectos fiscalmente a la actividad y/o espacios de cotrabajo (coworking).
    • Gastos relativos a la cesión de espacios de cotrabajo y/o servicios ofrecidos por estos establecimientos en relación con la actividad profesional.
    • Los gastos derivados de consumos energéticos afectos a la actividad económica desarrollada (electricidad, gas y carburantes).
  • Limitaciones: si se han recibido ayudas anteriores para la misma finalidad, el importe máximo total de todas las ayudas será de 4.000 euros (excluido el IVA).

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 10 de septiembre de 2024. Toda la información y los trámites de la subvención la podréis encontrar en Activa Autóno+ - Empresas (barcelonactiva.cat)