Los colegios profesionales están sometidos a la normativa de competencia, según dispone el artículo 2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, con independencia de las funciones que ejerzan y el carácter público o privado de las mismas.

 

Por eso, desde el Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya queremos dar cumplimiento a la normativa en materia de competencia y contribuir a lograr una mejor relación calidad-precio de los servicios que prestan los profesionales de la fisioterapia, a aumentar el poder de elección de los consumidores a través de diferentes ofertas, y contribuir al bienestar, crecimiento y desarrollo de la economía.

 

A tal efecto, la Junta de Gobierno del CFC ha decidido adoptar e implementar un programa de cumplimiento normativo en materia de defensa de la competencia, así como realizar una sesión de formación destinada a todos los colegiados con el fin de prevenir futuras conductas contrarias a la libre competencia.

 

Esta nueva Política y Protocolo de cumplimiento en materia de competencia, como expresión de la cultura ética de cumplimiento que forma parte de los valores del CFC, constituye el elemento vertebrador y el marco común para el cumplimiento con la normativa de competencia por parte del CFC.

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