La Junta de Gobierno del CFC, con el objetivo de promover una verdadera cultura de la entidad en consonancia con sus valores y principios, ha acordado la adopción e implementación de un Programa de Cumplimiento Normativo (compliance) en materia de defensa de la competencia, como instrumento que permite prevenir, detectar y reaccionar en una fase inicial en caso de eventuales comportamientos infractores de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), a fin de eliminar o reducir el riesgo de futuras conductas infractoras de la LDC.

El CFC ha elaborado, dentro de este Programa de Cumplimiento Normativo, un Plan de Cumplimiento Normativo, que introduce un programa de prevención de actos contrarios al Derecho de la Competencia a través de la definición de las conductas infractoras de posible comisión, y de la regulación de los procesos y controles que las eviten, que son de obligado cumplimiento. En definitiva, este Plan constituye el conjunto de políticas y directrices que deben seguir todos los empleados y directivos del CFC para actuar de forma ética y legal y de acuerdo con las normas de defensa de la competencia.

El Programa de Cumplimiento Normativo adoptado por el CFC se articula, principalmente, sobre los siguientes pilares:

  • Implicación de los órganos directivos del CFC: la Junta de Gobierno ha adoptado también el compromiso expreso con el Sistema de Gestión de Cumplimiento en materia de defensa de la competencia, el cual encontrará en el documento que lleva por título “02 Compromiso Junta de Gobierno”, y que será objeto de reiteración, al menos, anualmente. De esta forma, la cultura del cumplimiento normativo es promovida e incentivada por los directivos del Col·legi.
  • Formación y sensibilización: la formación a los trabajadores, así como al Consejo de Dirección del CFC, sobre la responsabilidad y el cumplimiento normativo, son claves para la difusión y el cumplimiento del Plan de Cumplimiento Normativo. Por eso, el CFC promoverá y ofrecerá cursos de formación tanto a sus trabajadores y directivos, como a sus colegiados.

Sin embargo, en el documento que lleva por título “06 Guía competencia”, encontrará una guía con los beneficios de la libre competencia, las posibles infracciones, etc.

  • Existencia de un canal de denuncias: el canal de denuncias permite tanto a los miembros del CFC, como a cualquier otra persona vinculada directa o indirectamente con el CFC, informar y denunciar sobre posibles conductas irregulares y que supongan un incumplimiento de las normas legales e internas del CFC (manuales, protocolos, códigos, procedimientos, etc.) y, en especial, de las normas del Derecho de la Competencia.

Se garantiza el respeto al derecho del denunciante a mantenerse en el anonimato, la confidencialidad del denunciante y el cumplimiento de las normas sobre protección de datos de carácter personal. Asimismo, se asegura la completa indemnidad (no represalias) ante todo el que, de buena fe, sin ánimo malicioso, denuncie.

En el documento que lleva por título “04 Protocolo Canal”, encontrará el protocolo que recoge las reglas de funcionamiento para tramitar y resolver las denuncias que se reciban a través del canal de cumplimiento normativo.

  • Independencia y autonomía del responsable del diseño y control de las políticas de cumplimiento: el CFC ha decidido externalizar la figura del Responsable de Cumplimiento Normativo, con el fin de garantizar la independencia e integridad del Comité de Cumplimiento Normativo, así como la especialización y autonomía de las funciones de estos órganos.
  • Identificación del riesgo y diseño de protocolos y mecanismos de control: se han identificado, analizado y valorado, de forma específica y según las características del CFC, los riesgos relacionados con la competencia a la que se encuentra expuesto el Col·legi. Una vez identificados estos riesgos, se ha desarrollado un mapa de riesgos en el que se ha analizado: (i) el nivel de riesgo (bajo, medio, alto y muy alto); (ii) la probabilidad de que los riesgos se materialicen, y (iii) el impacto que tendrían sobre el CFC.

Detectados los riesgos, se han confeccionado protocolos y mecanismos para la prevención, detección y rápida reacción frente a los riesgos, a efectos de minimizar su materialización.

Se prevé la constante actualización del sistema de identificación de riesgos y diseño de protocolos.

  • Régimen disciplinario: el CFC ha establecido mediante el Plan de Cumplimiento Normativo un régimen disciplinario que implicará, entre otras cosas, la imposición de sanciones a aquellos empleados y directivos que infrinjan dicho Plan, y en general, el programa de cumplimiento normativo.

En la determinación del régimen disciplinario, se ha diferenciado entre trabajadores y miembros de la Junta de Gobierno del CFC que no mantienen una relación contractual laboral con el Col·legi.

  • Seguimiento y mejora: el Programa contiene la revisión y actualización periódica del programa y de su implementación, como mínimo anualmente, y de forma inmediata cuando se produzcan cambios normativos o jurisprudenciales en materia de derecho de la competencia, o bien cambios organizativos o de otra índole que aconsejen su revisión.

 

A continuación, podéis consultar el programa de cumplimiento normativo del CFC::